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SALES AGREEMENT WITH RESERVE DOMAIN
CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO - SALES AGREEMENT WITH RESERVE DOMAIN
Contrato que celebran por una parte [Seller's Name / Nombre del Vendedor] a quien en el curso de este contrato se le denominar� "el vendedor" y por la otra [Buyer's Name / Nombre del comprador] a quien en lo sucesivo se le denominar� "el comprador" bajo las siguientes condiciones:
CLAUSULAS
1 a. "El vendedor" vende y "el comprador" compra los siguientes efectos [Description of Items / Descripci�n de los efectos].
2a.El precio de los efectos descritos en la cl�usula anterior ser� respectivamente de $ [Price of Items / Precio de los efectos] siendo, en consecuencia, el precio total de esta operaci�n de compra la cantidad de $ [Total Price / Precio Total].
3a. El comprador entrega a cuenta del precio de los efectos descritos en la cl�usula 1a y en proporci�n al valor de cada uno de ellos la cantidad de $ [Initial Payment / Pago Inicial] y en consecuencia se declara deudor del vendedor por la cantidad de $ [Amount to Pay / Cantidad a pagar] la cual se compromete a pagar en entregas iguales mensuales de $ [Monthly Payment / Pago de mensualidad] cada una, a partir del d�a del mes de del a�o de y una entrega final de $ [Final Payment / Pago final]
4. El vendedor se reserva la propiedad de los efectos vendidos y que se describen en la cl�usula 1a de este contrato, mientras el comprador no satisfaga total e �ntegramente el saldo del precio aplazado; y en consecuencia, el comprador se obliga a no trasladar del domicilio consignado en la cl�usula 11a de este contrato, ni vender, arrendar, gravar, afectar o reformar dichos efectos, sin el previo consentimiento por escrito del "el vendedor", as� como a responder de la p�rdida, destrucci�n o de los da�os que sufran por cualquier causa los bienes vendidos; y es condici�n que la falta de pago de uno s�lo de los abonos en los plazos convenidos para el pago en la cl�usula 3a de este contrato, dar� lugar a la rescisi�n del mismo; siendo potestativo para "el vendedor" optar por la rescisi�n de este contrato recobrando los efectos vendidos o exigir su cumplimiento, dando por vencida la obligaci�n de pago del comprador, para lo cual podr� hacer efectivas las letras de cambio o pagares que para control de dichos cobros y comprobaci�n de los pagos sobre saldos del precio aplazado suscribe y entrega "el comprador", sin que la entrega de dichos documentos impliquen el pago del precio aplazado.
5a- "El comprador" declara haber recibido los efectos vendidos en perfecto estado y a su entera satisfacci�n.
6a.- Si "el comprador" abonara mayores o menores cantidades de las estipuladas y lo admitiere "el vendedor", no se entender� modificado ni novado el contrato, pues dichos abonos ser�n a cuenta de abonos mensuales vencidos o no satisfechos o de los que est�n por vencerse. Los abonos o parte de abonos que se adeuden devengar�n inter�s del [Monthly Interest / Inter�s Mensual] % mensual desde la fecha de sus respectivos vencimientos y hasta su pago total sin que ello constituya una pr�rroga de los plazos.
7a.- "El vendedor" queda expresamente autorizado para aplicar los pagos mensuales en el orden o en la proporci�n que estime conveniente para cubrir el importe de los efectos vendidos mediante este contrato.
8a.- El comprador notificar� al vendedor tan pronto como sea posible el cualquier da�o, desperfecto, rotura o accidente de cualquier clase que sufran los efectos vendidos, su declaraci�n en concurso de acreedores, suspensi�n de pagos o en quiebra; y anticipadamente sus cambios de domicilio para los efectos del traslado de los objetos vendidos, a fin de que en cualquiera de esos casos pueda "el vendedor" tomar sin dilaci�n las medidas conducentes a la protecci�n de sus intereses.
9a. Ser� por cuenta del "comprador" el pago de todos los impuestos y contribuciones, ahora, existentes o que en adelante se establezcan sobre los objetos vendidos y por su uso, debiendo obtener las licencias o permisos requeridos por la ley.
10 - En caso de optar por la rescisi�n "el vendedor", recibir� por concepto de renta de los efectos materia de esta compraventa, las cuales se fijan por perito designado por las partes, [Appraiser's Name / Nombre del Perito] ser�n el monto del importe de los pagos mensuales que "el comprador" se obliga a hacer a cuenta del precio aplazado, en t�rminos de la cl�usula 3a de este contrato, har� suyas dichas cantidades pagadas como renta mensual Igualmente, para el caso de que "el vendedor" optase por la rescisi�n, podr� hacer suya, sin necesidad de recurrir a procedimiento judicial alguno, la cantidad que "el comprador" ha pagado en el momento de la firma de este contrato a cuenta del precio de los efectos vendidos, ya que en dicha cantidad se ha fijado el importe de la pena convencional que el comprador debe pagar al vendedor en caso de incumplimiento por concepto de da�os y perjuicios; sin perjuicio de que si los da�os fuesen mayores, quedan a salvo los derechos de "el vendedor" para exigirlos
11.- EL Vendedor se obliga mancomunada y solidariamente con el comprador al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato en los t�rminos de las estipulaciones anteriores las cuales acepta en todas sus partes.
12- "El comprador" deja en dep�sito de "el vendedor" la factura que ampara esta operaci�n en tanto que cumple todas las obligaciones del presente contrato; y se�ala como su domicilio en [Buyer's Address / Domicilio del comprador].
13.- "El vendedor" y "el comprador" con renuncia expresa del fuero de sus respectivos domicilios se someten expresamente a los Jueces y Tribunales de [Jurisdiction City / Ciudad de Jurisdicci�n]
Le�do que fu� este contrato, las partes lo ratificaron y firmaron en [City of the Contract / Ciudad del Contrato] el [Date of the Contract / Fecha del Contrato].
EL COMPRADOR
EL VENDEDOR
FIADOR